jueves, 5 de octubre de 2017

¡QUE VIVA EL ALCALDE!


¡ QUE VIVA EL ALCALDE !
 O 
LA REFORMA DEL LA ADMINISTRACIÓN LOCAL



En su búsqueda de una organización eficaz del aparato estatal, Carlos III decidió abordar la reforma de la administración. Abandonó instituciones y modos de la anterior Casa de los Austrias y adoptó nuevos modelos a imagen de la administración francesa.

Desde la llegada a España de la dinastía de los Borbones, los antecesores de Carlos III se habían caracterizado por la supresión de fueros y privilegios locales, en favor de un poder y una administración centralizada.

A nivel estatal lleva a cabo una progresiva sustitución de los "Consejos" por las "Secretarías de Estado".

 A nivel Regional se crea la figura del "Capitán General" para sustituir a los "Virreyes".

A nivel provincial se crea el cargo de "Intendente" como una figura que depende directamente de los consejos/secretrarías para contrarrestar el poder de las oligarquías locales que abusaban escandalosamente de la venta de "oficios" municipales.

Pero vayamos al marco político de esta situación. En 1766, algunas de las reformas emprendidas por este monarca fracasan o generan poca aceptación. A lo largo se ese año se van a producir graves disturbios, siendo el más conocido "el Motín de Esquilache". Tras él, el monarca va a frenar el ritmo de sus reformas o a echar marcha atrás con algunas. Por otro lado, para congraciarse con las clases populares y  buscando la aceptación de sus medidas emprende una serie de reforma para modernizar la administración local. 


Creó la figura de los Diputados y Personeros del Común para ordenar la política local de abastos y mitigar las carestías que habían desembocado en los anteriores levantamientos. Dos años más tarde se introdujo la figura de los Alcaldes de Quartel y Alcaldes de Barrio. Como apuntamos anteriormente, limitó las influencias de las oligarquías locales en la elección de los cargos municipales y abrió la participación popular en estos cargos por medio de la elección del "Sindico Personero" y el "Diputado del Común". Lo revolucionario de estas reformas estaba en que estas figuras no solo representarían la opinión popular sino que serían elegidos por sufragio de entre y por los vecinos de cada Ayuntamiento.




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